La Justicia prohíbe demoler edificios anteriores a 1941

Fue dictaminado que el gobierno de la Ciudad debe llevar a cabo una «valoración de los bienes patrimoniales» de los 141 mil inmuebles que fueron edificados antes de ese año

Aurelio Ammirato, juez especializado en asuntos de Contencioso Administrativo y Tributario, emitió una orden que abarca a aproximadamente 141 mil edificios construidos antes de 1941.

De acuerdo con la resolución dictada por el juez Ammirato, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no tiene la facultad de autorizar o disponer la demolición de ningún edificio que no haya sido desestimado luego de una evaluación individual de su valor patrimonial.

El fallo se produce como resultado de una demanda presentada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad, la Asociación Civil Basta de Demoler, la Fundación Ciudad y SOS Caballito, que fue acogida favorablemente por el juez Ammirato.

El dictamen exige que la autoridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires «lleve a cabo el registro definitivo de todos los inmuebles, tanto públicos como privados, ubicados dentro de la jurisdicción de la ciudad, cuyos planos hayan sido registrados antes del 31 de diciembre de 1941 o, en su defecto, cuyo año de construcción esté registrado en la documentación catastral previa a dicha fecha».

En este sentido, el Gobierno de la Ciudad deberá «concluir la evaluación del valor patrimonial de estos inmuebles a través del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales y tomar medidas apropiadas y oportunas para proteger adecuadamente aquellos que presenten valor patrimonial de acuerdo con los resultados de dicha evaluación».

El Gobierno local no tendrá autoridad para aprobar demoliciones, reformas, ampliaciones o nuevas construcciones (incluyendo el registro de planos) de los inmuebles públicos o privados que se encuentren en la categorización antes mencionada.

Solo se permitirán demoliciones excepcionales para aquellos inmuebles en los que el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales haya determinado de manera explícita e individualizada que no poseen valor patrimonial.

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